Eficiencia energética

Eficiencia energética

CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA

A partir del 1 de junio de 2013, la presentación o puesta a disposición de los compradores o arrendatarios del Certificado de Eficiencia Energética de la totalidad o parte de un edificio, vivienda o local según corresponda, será exigible para los contratos de compraventa o arrendamiento celebrados a partir de dicha fecha.

¿PARA QUÉ SIRVE?

El Certificado de Eficiencia Energética es un documento reconocido que permite conocer la calificación energética de un edificio o vivienda. Es obligatorio disponer de dicho Certificado en cualquier situación de alquiler o venta de edificios, vivienda, locales, etc.

¿QUÉ INFORMACIÓN VOY A OBTENER?

Bajo un análisis exhaustivo de la situación actual del edificio o vivienda, cerramientos, huecos, sistemas de calefacción o refrigeración, etc… cuantifica mediante un procedimiento simplificado, la cantidad de emisión de CO2 a la atmósfera o calificación energética, en función de la demanda energética.

Dicha calificación, que varía desde la clase A, para los energéticamente más eficientes, a la clase G, para los menos eficientes, permite conocer la demanda energética de calefacción y refrigeración para mantener las condiciones internas de confort de la vivienda, por ejemplo o la energía consumida por iluminación, ACS (Agua Caliente Sanitaria), calefacción o refrigeración bajo unos indicadores parciales.
Por otro lado, también se aporta de manos de un profesional, posibles recomendaciones para la mejora de la calificación energética.

CUANDO SE DISPONGA DEL CERTIFICADO, SI SE OBTIENE UNA CALIFICACIÓN POCO EFICIENTE Y SE QUIEREN ACOMETER LAS MEJORAS RECOMENDADAS ¿CÓMO SE OBTIENE LA NUEVA CERTIFICACIÓN? ¿ES OBLIGATORIO VOLVERLA HACER? 

Es obligatorio por parte del profesional que emite dicha certificación aportar recomendaciones para la mejora energética de esa vivienda por ejemplo.

Es obligatorio por parte del titular del certificado renovarlo cada 10 años y voluntario actualizarla cuando se crea conveniente, en el caso de que haya realizado mejoras y se encuentre ante una situación de alquiler o venta.

¿QUIEN LOS REALIZA?

Técnicos certificadores que hayan obtenido la titulación académica y profesional que le habilita para su realización. INSBAR cuenta con el equipo profesional que puede llevar a cabo esta valoración.

Solicítenos presupuesto sin compromiso.

CONCLUSIONES A TENER EN CUENTA

Desde el punto de vista del propietario, es interesante conocer la Calificación que otorga el Certificado para saber, bajo las recomendaciones aportadas, cuánto puedes mejorarla y por tanto ser finalmente más eficientes energéticamente lo que supone reducir costes energéticos.

Desde el punto de vista del comprador o arrendatario, establece un criterio para decidir qué vivienda o establecimiento tiene mejor calificación energética y por tanto le supone menor gasto energético anual.

En caso de que estando obligado el propietario, no disponga del Certificado, puede ser que el contrato de arrendamiento o compraventa sea anulado por falta de información o que el propietario sea sancionado por el órgano competente de su comunidad autónoma.

Todo esto, de acuerdo al Real Decreto 235/2013 , de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

Si está interesado en ampliar información, no dude en visitar la web del Ministerio de Industria, Energía y Turismo

 

<a href='http://es.123rf.com/profile_coramax'>coramax / 123RF Foto de archivo</a>

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